Preguntas Frecuentes

Sector Textil-Confección: Solicitud

Preguntas frecuentes de: Solicitud

[1]¿Quiénes pueden presentar solicitud a la convocatoria del Programa Textil-Confección de la Dirección General de Desarrollo Industrial?
Disposición Segunda Orden ITC/217/2005, de 4 de febrero. (B.O.E. Nº 34 de 9 de febrero de 2005). Solicitantes: empresas del Sector Textil-confección (Grupos 17, 18.2 y 24.7 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, (C.N.A.E.) correspondientes a los Sectores de la Industria Textil, Confección de prendas de vestir en textiles y accesorios y fabricación de fibras artificiales y sintéticas), cualquiera que sea su régimen jurídico, que estén validamente constituidas en el momento de presentación de las solicitud de ayuda y cuya actividad consista en la producción de bienes. En el concepto de empresa se integran las Sociedades mercantiles públicas, entes públicos empresariales y empresarios individuales. Se excluyen aquellas cuya actividad exclusiva sea la comercialización. Agrupaciones o Asociaciones de empresas del Sector Textil-Confección sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y que esté legalmente constituida. Entidades privadas con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que realicen mayoritariamente su actividad en el ámbito de dicho Sector. No podrán ser beneficiarios de las ayudas cualquier empresa grande o mediana durante el periodo de reestructuración de la misma siempre que la Comisión no hubiera sido informada de dicha ayuda cuando adoptó su decisión aprobatoria de la correspondiente ayuda de reestructuración. Los Centros tecnológicos privados con personalidad jurídica propia legalmente constituidos pueden ser beneficiarios (como subcontratados o como cooperantes) pero no solicitantes.
[2]¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?
El plazo para la presentación de solicitudes durante la convocatoria de 2007 será de 1 mes, esto es del 1 de marzo al 31 de marzo.
[3]¿Puede ser beneficiaria una asociación sin ánimo de lucro que normalmente no se dedica a actividades de investigación y desarrollo?
Si, siempre que realice su actividad dentro del ámbito del Sector Textil-Confección
[4]¿Es compatible el Plan Textil con la concesión de otras ayudas?
Si, siempre que la cantidad concedida no exceda del tope máximo que establece la Normativa de la Unión Europea
[5]¿Puede una microempresa presentar una solicitud a la convocatoria?
Si, (Disposición 2ª)
[6]¿De cuántas páginas tiene que constar la Memoria?
Se pide claridad en la exposición del proyecto y que en formato electrónico no sea mayor de 3 MB sin importar el número de páginas.
[7]¿Puede una empresa presentar más de una solicitud?
Sí. De hecho, debe presentar tantas solicitudes como proyectos susceptibles de ayuda tenga.
[8]¿Qué proyectos son apoyables con subvención y cuáles lo son con créditos reembolsables?
Los apoyables con créditos reembolsables: Proyectos de desarrollo de riesgo tecnológico moderado y proyectos de inversión por parte de las PYMES. Los apoyables con subvenciones: Proyectos de Investigación industrial, Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o desarrollo tecnológico, Proyectos de desarrollo con nivel de riesgo tecnológico avanzado, Actuaciones de difusión y Consultorías externas para acuerdos de cooperación. Siempre se concederá subvención a Entidades sin ánimo de lucro y las microempresas
[9]¿Existe algún límite mínimo o máximo al presupuesto de los proyectos financiables con las ayudas TEXTIL-CONFECCIÓN?
Si, el límite mínimo para que un proyecto sea financiable es de 30.000 € cuando se trate de Subvención o de 80.000 € cuando se trate de Anticipo reembolsable, excepto en los proyectos consistentes en Estudios de viabilidad técnica o actuaciones de difusión previstos en el apartado tercero 1.b) y 3.a) de la Orden, en cuyo caso no hay límite mínimo.
[10]¿En qué lugares del MITYC se pueden presentar los modelos de solicitud de ayuda?
El modelo de solicitud consta de tres elementos: solicitud de ayuda, cuestionario y memoria. Existen dos opciones para su presentación Ante Registro Telemático. Se podrá presentar ante el Registro Telemático del Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante firma electrónica admitida por dicho registro. Ante Registros oficiales En caso de no disponer de firma electrónica, la solicitud de ayuda podrá imprimirse y con firma manuscrita presentarse en: Registro Central del Ministerio de Industria, Energía y Turismo Paseo de la Castellana 162. 28071 - Madrid.Horario: Lunes a viernes, de 9.00 a 17.30 h. Sábados, de 9 a 14 h.o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.El cuestionario y la memoria se remitirán por vía telemática siguiendo las instrucciones que figuran en la dirección de Internet www.minetur.es/textil
[11]En caso de no presentar la solicitud con firma electrónica, ¿cómo debe presentarse?
En caso de no disponer de firma electrónica, la solicitud de ayuda podrá imprimirse y con firma manuscrita presentarse en: Registro Central del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, Paseo de la Castellana 162. 28071 - Madrid.Horario: Lunes a viernes, de 9.00 a 17.30 h. Sábados, de 9 a 14 h. o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.El cuestionario y la memoria se remitirán por vía telemática siguiendo las instrucciones que figuren en la dirección de Internet: www.minetur.es/textil .
[12]¿Qué documentación debe presentarse?
a) Solicitud de ayuda, firmada electrónicamente o con firma manuscrita.En este último caso, debe presentarse en el Registro Central del M.I.T.Y.C. o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los interesados podrán efectuar la presentación de la solicitud de ayuda, cuestionario y memoria ante el Registro Telemático del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio mediante firma electrónica. b) El cuestionario y la memoria remitidos por vía telemática siguiendo las instrucciones que figuran en las dirección de Internet www.mityc.es/textil, no siendo admisible la presentación en papel, ni en otro tipo de soporte. Las solicitudes se dirigirán al Director General de Desarrollo Industrial. El formato del fichero electrónico que contenga la memoria del proyecto o actuación debe corresponder a alguno de los siguientes: ”pdf”, "rtf”, "txt”, "doc” o "wpd” y en ningún caso superará 3 Mbytes de información. c) Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud, que deberá ser aportada por cualquier medio que permita tener constancia de su autenticidad, de acuerdo con lo previsto en el capítulo III del Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado, la expedición de copias de documentos y devolución de originales y el régimen de las oficinas de registro. Caso de que no pueda acreditarse válidamente la representación por medios electrónicos deberá presentarse en soporte físico junto con la solicitud.Si los poderes se hubieran presentado en convocatorias anteriores, no será necesario volver a presentarlo, bastará con indicar en el cuestionario el nº de expediente que le fue comunicado en aquella ocasión. d) En el caso de proyectos en cooperación deberá presentarse, por cada cooperante, la hoja de conformidad de participación en el proyecto firmada por el cooperante.
[13]¿Es necesario presentar los poderes de cada uno de los participantes en proyectos en cooperación?
No. Basta con presentar los del solicitante.
[14]En el caso de proyectos en cooperación, ¿cómo se debe presentar la solicitud?
Del mismo modo a como se hace con proyectos individuales, con la salvedad de introducir los datos correspondientes a cada uno de los cooperantes en el lugar indicado en el cuestionario para tal fin.Deberá enviarse junto con la solicitud, la hoja de conformidad de participación en el proyecto firmada por cada cooperante
[15]¿Se puede presentar toda la documentación en papel?
No. El cuestionario y la memoria se remitirán por vía telemática siguiendo las instrucciones que figuran en las direcciones de Internet correspondientes. El formato del fichero electrónico que contenga la memoria del proyecto o actuación debe corresponder a alguno de los siguientes:”pdf”, "rtf”, "txt”, "doc” o "wpd” y en ningún caso superará 3 Mbytes de información.Sólo en el caso de que no se disponga de firma electrónica, se imprimirá la solicitud y con forma manuscrita se presentará ante los Registros Oficiales.Igualmente se presentarán en papel las hojas de conformidad de participación de los cooperantes en proyectos en cooperación, y los poderes del firmante de la solicitud.
[16]¿Hay que adjuntar los poderes del firmante de la solicitud?
Sólo si no se han presentado junto a las solicitudes de convocatorias anteriores.
[17]¿Quién debe firmar la solicitud?
Debe firmar la persona que tenga el poder notarial de representación.
[18]Si ya se entregaron los poderes en convocatorias anteriores, ¿es necesario entregarlos de nuevo?
Los solicitantes no estarán obligados a presentar dichos documentos si ya obran en poder del órgano competente, de conformidad con lo previsto por el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, debiéndose indicar en el cuestionario de solicitud el número del expediente que le fue comunicado en aquella ocasión, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que corresponden.En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir su presentación al solicitante o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento.
[19]He entregado la solicitud en el registro y el cuestionario y la memoria por vía telemática; ¿es correcto?
Si es correcto, el cuestionario y la memoria deben ser entregados por medio telemático pero la solicitud puede ser entregada tanto en el registro telemático si va firmada electrónicamente como en registros oficiales si no se dispone de firma electrónica.
[20]Mi proyecto es plurianual ¿Cómo debo presentarlo?
La Orden Textil-Confección no contempla proyectos plurianuales. En caso de que la duración del proyecto sea superior a un año la empresa deberá presentar la solicitud cada año en el plazo establecido en la convocatoria correspondiente.
[21]¿Qué tipo de proyectos son objeto de estas ayudas?
Proyectos de Investigación industrial Proyectos de Desarrollo tecnológico Proyectos de Inversión por parte de las PYMES Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo tecnológico. Actuaciones de Difusión. Consultorías externas para acuerdos de cooperación
[22]De acuerdo con la convocatoria, los proyectos de investigación industrial o desarrollo tecnológico para ser financiables tienen que tener un presupuesto mínimo total de 30.000 € si se concede una subvención o de 80.000 € si se concede un crédito, ¿en el caso de proyectos plurianuales estos presupuestos mínimos se refieren al presupuesto de la anualidad 2007 o al total de las anualidades?
Solamente al 2007 ya que la Orden Textil-Confección no contempla la posibilidad de proyectos plurianuales.
[23]¿Una universidad puede presentar una solicitud para un proyecto a esta convocatoria de ayudas?
No, una Universidad no puede presentar una solicitud para un proyecto a esta convocatoria solicitante, según se establece en la Disposición Segunda de la Orden.
[24]¿Cómo puede participar una universidad?
Las Universidades solo pueden participar como subcontrataciones de entidades beneficiarias de la ayuda.