Concesión: Concesión 2011: Resolución de Concesión

Notificación de la resolución de concesión del procedimiento de concesión de ayudas para el subprograma de acciones estratégicas para el fomento del emprendimiento .

Convocatoria

Orden ITC/1151/2011, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción del emprendimiento en el marco del programa Emprendemos Juntos.

Fecha de notificación: 11 de noviembre de 2011

Con fecha de 11 de noviembre de 2011, la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa ha notificado electrónicamente a todos los solicitantes afectados la resolución de concesión de subvenciones destinadas a acciones para fomento del emprendimiento para el año 2011.

Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días, a partir de la fecha y hora de puesta a disposición de cada notificación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para aceptar la resolución o rechazarla.

Para acceder a la resolución de concesión de cada expediente, el solicitante deberá:

  1. Consultar su resolución en el apartado Notificaciones electrónicas de la sede electrónica, o bien mediante la consulta del Registro electrónico , en ambos casos con el certificado de usuario de la persona que presentó la solicitud.
  2. Junto a la resolución estará el documento “Aceptación de ayuda”, ya relleno con los mismos importes de concesión que figuran en la resolución.
  3. La resolución de concesión por parte del solicitante debe ser bien “Aceptada” o “Rechazada”.
  4. Si se desea aceptar la concesión, debe acceder al “Formulario de aceptación de ayuda Emprendemos Juntos” situado más abajo. Se deberá indicar el código del expediente que se desea aceptar, y se debe adjuntar obligatoriamente el documento de “Aceptación de ayuda” que se encuentra junto al de “Notificación resolución de concesión” en el expediente electrónico del registro.
    • El documento de aceptación debe ser firmado electrónicamente con la aplicación eCoFirma por el responsable de la entidad solicitante (o los responsables para casos de firmas mancomunadas). A la aplicación eCoFirma se puede acceder en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en el apartado de “Utilidades” y en la opción de “eCoFirma (Utilidad de copia y firma electrónica)” en donde se encuentran las correspondientes instrucciones.
    • Si el responsable o responsables de la entidad hubieran cambiado y no fueran los mismos que cuando se realizó la presentación de poderes, deben volver a aportar la nueva documentación en la que se acredite dicha representación, y adjuntarla en el “Formulario de aceptación de ayuda Emprendemos Juntos”, también firmados con eCoFirma .
    • Por último el responsable de la entidad solicitante debe firmar el “Formulario de aceptación de ayuda Emprendemos Juntos” con su firma electrónica.
  5. Si se opta por rechazar la ayuda propuesta, acceder al “Formulario de rechazo de ayuda Emprendemos Juntos” situado más abajo. Se deberá indicar el código del expediente a rechazar, y firmarlo el responsable de la entidad correspondiente.

Formulario de aceptación de ayuda Emprendemos Juntos

Formulario de rechazo de ayuda Emprendemos Juntos


Contactos para la resolución de dudas

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