Preguntas frecuentes

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¿Dónde y cómo se debe formalizar una solicitud de ayuda?

La solicitud debe ser presentada por vía telemática y firmada utilizando alguno de estos medios electrónicos: DNI electrónico o certificado digital.

En la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, están disponibles los formularios y documentos electrónicos para poder cumplimentar y presentar las solicitudes.

Para esta convocatoria la solicitud consta de tres elementos indisociables, recogidos en los siguientes documentos:

  • La instancia de solicitud de ayuda y el cuestionario
  • Memoria del proyecto o acción
¿Qué modalidades de participación existen en esta Convocatoria?

Los proyectos podrán ser presentados por una única entidad (proyecto individual) o por varias entidades (proyecto en cooperación). Los proyectos tractores deberán presentarse obligatoriamente conforme a la modalidad “en cooperación”.

Las relaciones entre los cooperantes en un proyecto en cooperación deberán formalizarse mediante un contrato o convenio. Una de las entidades actuará como solicitante de la ayuda y será la responsable del proyecto ante la Administración. Sin embargo, todos los participantes son beneficiarios de las ayudas y por lo tanto tienen los mismos derechos y obligaciones.

Las páginas de la memoria, numeradas, se configurarán en formato A4 (210 mm x 297 mm), con interlineado sencillo y la letra deberá tener un tamaño mínimo de 11 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten legibles.

En caso de presentar memorias de un tamaño superior, sólo se tendrán en cuenta para la evaluación las páginas comprendidas dentro de los límites anteriores.

¿Cuándo debe presentarse la justificación del proyecto?
De manera general, la presentación de la documentación justificativa se realizará desde el 1 de enero al 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización de la actividad.
¿Qué modalidades de financiación existen en esta Convocatoria?

Las ayudas para la realización de proyectos y acciones podrán concederse bajo las modalidades de subvención, préstamo o ayuda combinada de  préstamo y subvención.

Las ayudas a proyectos tractores tendrán obligatoriamente la modalidad combinada de préstamo y de subvención.

¿Cuál es el presupuesto mínimo/máximo que debe presentar un proyecto o acción dentro de este subprograma?

Los presupuestos varían según el tipo del proyecto así:

  1. Los proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental deberán tener un presupuesto mínimo de 300.000 euros.
  2. Los proyectos tractores deberán tener un presupuesto mínimo de 2 millones de euros y un máximo de 15 millones de euros.
  3. Los estudios de viabilidad técnica previos a investigación industrial o desarrollo experimental deberán tener un presupuesto máximo de 75.000 euros.
  4. Las acciones de divulgación y promoción de este subprograma tendrán un presupuesto máximo de 150.000 euros.
  5. Los proyectos de innovación en materia de procesos y de organización, tendrán un presupuesto mínimo de 200.000 euros.
¿Cuál es el procedimiento a seguir una vez se ha recibido la Resolución Provisional de Concesión?

En caso de no conformidad, la entidad deberá formular las alegaciones que considere oportunas en un plazo de 10 días a partir de la publicación de la resolución provisional en la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En los casos de proyectos en Cooperación dichas alegaciones se deberán canalizar a través del coordinador del proyecto.

En caso de conformidad sobre el contenido de dicha resolución, el solicitante deberá comunicar la aceptación firmada electrónicamente anexando:

Declaración responsable del solicitante y/o de cada uno de los participantes de no tener deudas por reintegro y de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de que la comprobación realizada por el órgano instructor fuera insatisfactoria.

Si procede, contrato de subcontratación o declaración de imposibilidad.

Número de cuenta reconocida en el Tesoro.

¿Se deben constituir garantías para recibir las ayudas?
En todos los casos las subvenciones se abonarán a los beneficiarios de manera anticipada sin la necesidad de presentación de garantías. Para el caso de ayudas bajo la modalidad de préstamos, no se exige la aportación de garantías en las convocatorias que se efectúen en el año 2011.
¿Cuáles son los criterios de valoración de las solicitudes?
Los criterios de valoración de las solicitudes se detallan en el apartado noveno del Anexo V de la Orden de Bases.
¿Cómo pueden participar en proyectos y acciones los Organismos de Investigación?

Según la tipología de proyectos, definida en el apartado segundo del anexo V de la Orden de Bases:

Para los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, innovación en materia de procesos y en materia de organización, estudios de viabilidad y acciones de divulgación y promoción de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental, los Organismos de Investigación podrán ser beneficiarios de ayuda actuando como únicamente como participantes, en la modalidad de cooperación.

Por otro lado, se deberá tener en cuenta que en los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación el límite máximo de participación en el presupuesto del proyecto  para el conjunto de Organismos de Investigación que intervengan como participantes en proyectos realizados en la modalidad en cooperación, será del 8%; sin tener en cuenta las posibles subcontrataciones de dichos organismos.

Asimismo, en el caso de los proyectos tractores se debe cumplir, además, la condición de que los Organismos de Investigación deberán correr, en conjunto, con un mínimo del 5% de los costes del proyecto.

¿Que es el efecto incentivador?

Las ayudas del subprograma Avanza Contenidos Digitales deben tener efecto incentivador, esto es, deben provocar un cambio en el comportamiento del beneficiario tal que éste incremente su grado de actividad de I+D+I ; el resultado de las ayudas ha de ser el incremento del volumen, el ámbito, las cuantías invertidas o la rapidez de las actividades del proyecto.

Se considera que las ayudas no ofrecen incentivos al beneficiario en todos aquellos casos en los que la actividad de I+D+I ya se ha iniciado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

¿Dónde se puede obtener un certificado electrónico?
En el apartado Procedimientos y servicios electrónicos > Solicitud de certificado electrónico de la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
¿Es posible subcontratar parte de la realización del proyecto?

Sí, es posible subcontratar parte de la ejecución del proyecto siempre y cuando el coste de la subcontratación no supere el 50 por ciento del coste total del proyecto, con las siguientes excepciones:

En el caso de proyectos de innovación la subcontratación no superará el 70%.

En el caso de Acciones de divulgación y promoción calificadas de interés general por la comisión de evaluación la subcontratación no superará el 95%.

En el caso de proyectos presentados por entidades sin fines de lucro la subcontratación no superará el 95%.

Para los Organismos públicos de I+D de la Ley 13/1986 y las Universidades públicas de la Ley Orgánica 6/2001, las subcontrataciones no se consideran financiables.

En caso de un proyecto plurianual, ¿se debe presentar documentación justificativa en las anualidades intermedias?
Sí, todos los beneficiarios deberán presentar la cuenta justificativa para todas las anualidades financiadas.
¿Qué características presentan los préstamos dentro este Subprograma?
  1. Importe máximo del préstamo: Hasta el 100 por ciento del coste financiable de los proyectos o acciones.
  2. Plazo máximo de amortización de siete años, incluidos dos de carencia.
  3. El tipo de interés aplicable es el siguiente:
    1. El 3,98% para los proyectos y acciones realizadas en zonas Competitividad y Empleo (Aragón, Baleares, Cantabria, Cataluña, la Rioja, Madrid, Navarra y País Vasco)
    2. El 1,19% para los proyectos y acciones realizadas en zonas de Convergencia (Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura y Galicia), zonas de Phasing-in excepto Canarias (Castilla y León y Comunidad Valenciana) y zonas de Phasing-out (Asturias, Ceuta, Melilla y Murcia)
    3. El 1,00% para los proyectos y acciones realizadas en Canarias.
Una vez publicada la Resolución Provisional de concesión de ayudas y formuladas las alegaciones oportunas ¿Cómo saber si éstas han sido o no aceptadas?
Examinadas las alegaciones por el órgano instructor, se formulará la propuesta de resolución definitiva en la que se incluirán las alegaciones que hayan sido aceptadas. Éstas serán publicadas, dando a la entidad un plazo de 10 días para comunicar su aceptación o renuncia a la ayuda.
¿Cuándo se procede al pago de la ayuda concedida?
El pago de la ayuda se efectuará siempre tras dictarse la Resolución de Concesión.
¿Cuál es el procedimiento a seguir una vez se ha presentado la solicitud?
Una vez que los proyectos hayan sido evaluados, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución provisional que será publicada en la Sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio,
¿Pueden participar Otras Entidades de Derecho Público?

La naturaleza jurídica “Otras Entidades de Derecho Público” sólo podrá ser beneficiaria de ayuda en las acciones de divulgación y promoción de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental, en la tipología e.1 y e.3, actuando exclusivamente como participante en proyectos en la modalidad de cooperación. 

Para proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación, la naturaleza jurídica “Otras Entidades de Derecho Público” podrá participar pero no solicitar ayuda. Sólo se incluirá la descripción de las actividades que realizarán en la Memoria de solicitud de ayudas.

No obstante, para estudios de viabilidad técnica de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, la naturaleza jurídica “Otras Entidades de Derecho Público” no podrá participar, ni recibir ayuda.

¿Cuándo se considera que la ayuda tiene efecto incentivador?

Se considera que las ayudas tienen efecto incentivador cuando se cumple que:

  1. La actividad del proyecto o del estudio de viabilidad técnica no se ha iniciado antes de presentar la solicitud de ayuda.
  2. El beneficiario del proyecto o estudio de viabilidad técnica es una PYME y además el importe de la ayuda es inferior a 7,5 millones de euros por proyecto y por PYME.

En el caso de empresas no PYME, además de no haber iniciado el proyecto antes de la presentación de la solicitud de la ayuda, se incluirá en la memoria aportada junto a la solicitud de la ayuda, una evaluación del incremento de dichas actividades mediante un análisis que compare la situación con y sin concesión de ayudas. Los interesados pueden utilizar, junto con otros factores cuantitativos y/o cualitativos, los criterios siguientes:

  • Aumento sustancial del tamaño del proyecto o actividad gracias a la ayuda.
  • Aumento sustancial del ámbito de aplicación del proyecto o actividad gracias a la ayuda.
  • Incremento de la rapidez.
  • Aumento sustancial del importe total invertido por el beneficiario en el proyecto o actividad gracias a la ayuda.

Si puede demostrarse un efecto significativo en como mínimo uno de estos aspectos, y atendiendo al comportamiento normal de una empresa en el sector correspondiente, en principio, el órgano instructor considerará que la propuesta de ayuda tiene efecto incentivador.

En caso de que la ayuda no tenga efecto incentivador, al ser éste un criterio de selección previa, no se realizará la evaluación de la solicitud. Por tanto, será causa de denegación directa.

¿Cuándo y cómo se utiliza la aplicación eCoFirma en el procedimiento electrónico?

Para realizar la firma electrónica de declaraciones responsables y otros documentos que deban adjuntarse a los formularios previstos para las distintas fases del procedimiento, posteriores a la presentación de la solicitud, se deberá utilizar la aplicación eCoFirma que se puede descargar en la página de la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en la dirección.

El documento a aportar será el generado con extensión “.xsig”. El firmante del mismo deberá ser el solicitante de la ayuda (en el caso de proyectos individuales) o los representantes de cada uno de los participantes (en caso de proyecto en cooperación). En este último caso, el coordinador  deberá remitir por vía electrónica los documentos con extensión “.xsig” generados por cada uno de los participantes.

¿Dentro de qué plazos pueden realizarse los gastos e inversiones financiables del proyecto o acción?
Las inversiones y gastos deberán realizarse dentro del período de realización del proyecto que se haya especificado en el apartado 2.13 del cuestionario (fases o hitos del proyecto).
¿Qué porcentaje de ayuda en forma de subvención, préstamo o subvención más préstamo puede obtener un proyecto?
Los porcentajes máximos de subvención dependerán del tipo de proyecto y beneficiario, de acuerdo con lo establecido en el apartado sexto del Anexo V de la Orden por la que se regulan las bases de estas ayudas.
¿Cómo se puede saber la situación de una solicitud?

Las listas de resolución publicadas en la página Web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio recogen los proyectos según la naturaleza de la lista:

  • Lista de propuestas de resolución provisional: recoge las solicitudes aprobadas y denegadas. Así mismo, se recoge las listas de solicitudes inadmitidas y desistidas.
  • Lista de propuestas de resolución definitiva: recoge exclusivamente las solicitudes que tras la publicación de la lista provisional, y después de haber presentado alegaciones, éstas han sido aceptadas.
  • Lista de resolución de concesión: recoge la resolución de concesión de las solicitudes aprobadas.
  • Lista de resoluciones denegatorias de ayudas: recoge aquellas solicitudes a las que no se les ha concedido ayuda y las que han sido inadmitidas.
¿Cuándo se puede solicitar autorización de asunción de deuda?

Una vez recibida la certificación final acreditativa de gasto correspondiente a la realización del proyecto.

La solicitud debe ser presentada firmada por la entidad beneficiaria y por la entidad financiera que asume la deuda, adjuntando certificado de la entidad financiera por el que ésta asume de forma fehaciente el importe de la deuda viva del préstamo (tras la certificación de gastos y, en su caso, la devolución de las cantidades a reintegrar que correspondan) aceptando expresamente todas y cada una de las características del préstamo que figuran en la Resolución de concesión. Tras ello, se dictará la correspondiente resolución de asunción de deuda a favor de la entidad financiera de que se trate, en la que se incluirá el cuadro de amortización resultante.

¿Qué ocurre si la solicitud no supera uno de los criterios de selección previa establecido en el apartado noveno del Anexo V de la Orden de Bases?
Los criterios señalados como “Criterios de Selección Previa” serán valorados al inicio de la evaluación. El incumplimiento de alguno de ellos implicara la no valoración del resto de criterios. Por tanto, será causa de denegación directa.
¿Existe alguna restricción en esta convocatoria para la financiación de entidades del sector público?

Sí, las entidades del sector público comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 2 del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, no podrán ser beneficiarias de ayudas en la modalidad de préstamo.

Se deberá tener en cuenta asimismo, que en los proyectos o acciones en cooperación que soliciten préstamo no podrá ser coordinadora ninguna entidad del sector público.

¿Qué ocurre en el caso de solicitudes que sean continuación de proyectos financiados el año anterior por el MITYC?
En este caso, se considera que la ayuda tiene efecto incentivador.
¿Es necesario utilizar la aplicación eCoFirma en el momento de presentar la solicitud?
No, dado que el envío de la solicitud admite únicamente una sola firma electrónica, tan solo en el caso de representación mancomunada deberá aportarse como documento anexo a la solicitud de ayuda una copia de la instancia de solicitud firmada con la aplicación eCoFirma por aquellos representantes que no hubieran firmado el envío de la solicitud.
¿En los proyectos o acciones plurianuales se pueden traspasar presupuestos financiables de un mismo concepto de una anualidad a otra?
Sí, los importes por anualidades son indicativos, no será necesario solicitar autorización para los traspasos entre anualidades para un mismo concepto financiado. Siempre y cuando se ejecute parte del presupuesto en la anualidad en la que se concede la ayuda.
¿Dentro de esta convocatoria se pueden solicitar ayudas plurianuales?

Como regla general en esta convocatoria 2011 se podrá conceder ayuda para las anualidades 2011 a 2013 ambas inclusive.

Cuando se trate de resoluciones estimatorias de carácter plurianual correspondientes a todos los subprogramas de la acción estratégica, se realizará un único pago por la totalidad de la ayuda tras dictarse resolución de concesión.

Una vez aprobado el proyecto, ¿se pueden realizar modificaciones del mismo?

Sí, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones, establecidas en el apartado vigésimo tercero de la Orden de Bases,

  1. Que el cambio no afecte a los objetivos perseguidos con la ayuda, incluidos los de finalidad regional, a sus aspectos fundamentales, a la determinación del beneficiario, ni dañe derechos de tercero.
  2. Que el cambio sea solicitado al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto y sea aceptado expresamente.
  3. Que las modificaciones obedezcan a causas sobrevenidas que no pudieron preverse en el momento de la solicitud, y se realicen antes de la finalización del plazo de ejecución del proyecto y sean aprobadas expresamente por el órgano instructor.

No obstante, en casos debidamente justificados, se podrán realizar sin necesidad de autorización previa, incrementos de hasta un 20 por ciento en los conceptos susceptibles de ayuda y que figuren en la resolución de concesión, compensables con disminuciones de otros, siempre que no se altere el importe total de la ayuda y se explique en la memoria justificativa que dichos cambios permiten la consecución o mejora de los objetivos previstos en el proyecto, sin necesidad de modificar la resolución de concesión.

¿Es suficiente con superar el umbral total establecido en el apartado noveno del Anexo V de la Orden de Bases para que una solicitud sea objeto de ayuda?
No, además de superar el umbral total de puntuación se deberán superar los umbrales establecidos para los criterios, según el apartado noveno del Anexo V.
¿Una microempresa puede presentar un proyecto de forma individual subcontratando un porcentaje del proyecto?
Sí, las entidades de tipo “Empresa privada microempresa” podrán presentar proyectos o acciones de forma individual, siempre y cuando no se trate de proyectos de investigación industrial ni de desarrollo experimental, en cuyo caso estas entidades deberán presentarse bajo la modalidad en cooperación.
¿Para que tipo de documentos se puede utilizar la eCoFirma?

Después de la publicación de la resolución provisional de concesión, la aplicación eCoFirma se utilizará cuando haya que presentarla documentación referente al contrato, convenio o acuerdo, en el caso de proyectos en cooperación. En este caso dicho documento deberá presentarse en formato electrónico firmado por cada uno de los participantes.

La eCoFirma también se utilizará para la firma de las declaraciones responsables que deberán adjuntarse a los formularios previstos en la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para las distintas fases del procedimiento. En el caso de proyectos en cooperación, el coordinador (firmante de la solicitud) deberá adjuntar los ficheros, uno por cada participante, con extensión “.xsig” generados por eCoFirma.

Igualmente, la aplicación eCoFirma también podrá ser utilizada por terceros para la firma electrónica de los documentos que emitan a los beneficiarios y que vayan a formar parte del expediente, tales como informes de auditoría, ofertas.

¿Qué criterios se deben seguir para justificar el concepto Instrumental y Material?
  • La financiación aprobada dentro del Concepto Instrumental y Material únicamente cubre los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto exclusivamente para el equipamiento de nueva adquisición.
  • La amortización se calculará sobre un periodo de cinco años.
  • El Instrumental y Material deberá ser nuevo.
  • La justificación de la amortización se realizará mediante la aportación de las facturas y documentos de pago del coste de adquisición del Instrumental y Material.
  • El equipamiento físico deberá ir provisto del correspondiente marcado CE o Declaración de Conformidad y número de serie y estar identificados con una etiqueta colocada en un lugar visible que indique el nombre del Programa, el órgano concedente y, en caso de cofinanciación por fondos comunitarios, las siglas FEDER .
  • Cuando las inversiones se financien mediante arrendamiento financiero sólo se imputarán las cuotas pagadas del periodo de ejecución del proyecto por cada anualidad a justificar.
¿Las ayudas concedidas en este subprograma son compatibles con otros tipos de ayudas?
No, las ayudas concedidas al amparo del Subprograma Avanza Contenidos Digitales no serán compatibles con otras ayudas públicas provenientes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
¿Cuándo se puede solicitar ampliación del plazo de ejecución del proyecto o acción?

Dicha solicitud debe realizarse al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto inicialmente concedido. Quedará a criterio del órgano instructor la concesión o no de la ampliación.

En el caso de proyectos plurianuales, la distribución anual de inversiones y gastos aprobados tendrá un carácter estimativo, salvo que en la resolución de concesión se establezca otra cosa. Por ello no será necesario pedir ampliaciones de plazo de las anualidades intermedias para realizar actividades del proyecto, que puedan ser abordadas en las sucesivas anualidades del mismo. Tan solo, en el caso de la última anualidad del proyecto podrán solicitarse ampliaciones de plazo de ejecución de la misma de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior.

¿Qué ocurre en el caso de que el proyecto o acción tenga otras ayudas públicas?
En caso de que el interesado indique en el cuestionario y/o memoria la concesión de otras ayudas públicas provenientes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales, para la realización del proyecto o acción, conllevará la no valoración de los criterios. Por tanto, será causa de denegación directa.
¿Existe alguna restricción en cuanto al número de participantes de un proyecto?
Sí, en el caso de proyectos en cooperación el número de participantes no podrá ser superior a cinco, incluyendo al coordinador. La única excepción la constituyen aquellos proyectos que acrediten su pertenencia a un Programa Internacional de cooperación en I+D , en cuyo caso se podrán mantener los mismos participantes nacionales que allí se hubieran presentado.
¿Cómo se debe formalizar la participación de los cooperantes en un proyecto en cooperación?
En el momento de aceptar la propuesta de concesión de ayuda incluida en la resolución provisional, se deberá aportar el contrato o convenio de colaboración entre las partes, firmado por todas ellas utilizando la aplicación eCoFirma.
¿Cómo se pueden asociar documentos a costes cuando ya se ha realizado el envío?
En el listado de Enviados, debe elegir el coste al cual se desea asociar el documento y pulsar el botón ‘Anular y Duplicar. A continuación, dentro del detalle de ese coste, le aparecerá un listado con todos los documentos que puede asociar. Después deberá realizar el envío.
¿Los proyectos que se aprueben en el marco del Subprograma Avanza Contenidos Digitales tienen cofinanciación comunitaria?

Las ayudas objeto de esta orden pueden ser cofinanciadas por los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Los proyectos que se desarrollen en regiones de convergencia pueden ser cofinanciados con cargo al Programa operativo pluriregional 2007-2013: Investigación, desarrollo e Innovación por y para el beneficio de las empresas. Fondo tecnológico.

Los proyectos que se desarrollen en regiones de convergencia, phasing-out y phasing-in pueden ser cofinanciados con cargo a los Programas Operativos FEDER regionales 2007-2013.

¿Cuándo se deben solicitar modificaciones?

Las entidades deberán pedir modificaciones cuando:

  • Los plazos de ejecución y justificación del proyecto sean distintos a los establecidos en la Resolución de Concesión.
  • Los gastos sean distintos a los inicialmente presupuestados.
  • La distribución entre partidas del presupuesto financiable aprobado se modifique, siempre que no se alteren el presupuesto financiable total aprobado para el beneficiario y la cuantía de la ayuda concedida al mismo.
  • Se realice una redistribución de la ayuda entre los participantes.

Las modificaciones se deben solicitar al menos un mes antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto.

No es necesario solicitar cambios en la Resolución de Concesión, siempre que los nuevos conceptos imputados tengan una funcionalidad equivalente o que la subcontratación sea equivalente en el contenido y en la cualificación de la entidad subcontratista inicialmente aprobada. No obstante, estos cambios deben estar explicados claramente en la Memoria Técnico – Económica Justificativa.

¿Se admitirán mejoras voluntarias a la solicitud de ayudas?

No, ya que el procedimiento de concesión para esta convocatoria es de concurrencia competitiva.

La valoración se realizará exclusivamente sobre la información aportada en el cuestionario y la memoria del proyecto o acción. En el caso de que la memoria aportada se encuentre en blanco o sea ilegible, la valoración se realizará únicamente sobre la información aportada en el cuestionario.

¿Qué obligaciones tiene un beneficiario de una ayuda?

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de las presentes bases, comunique el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.

La resolución de concesión notificará a los beneficiarios la obligación del cumplimiento de la normativa sobre fondos comunitarios en caso de que el proyecto o acción se desarrolle en zonas FEDER.

Los beneficiarios deberán comunicar al órgano instructor, si se produce el caso, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la ejecución de las actividades financiadas, tan pronto como tengan conocimiento de ello y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

En cualquier momento del procedimiento, el órgano instructor podrá requerir la acreditación del cumplimiento de los requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiario, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las presentes bases reguladoras.

Cuando el solicitante o alguno de los participantes en el proyecto o acción sean entidades sin fin de lucro, se adjuntará a la solicitud una copia digitalizada de los estatutos de cada una de las entidades que pertenezcan a esa tipología. Para facilitar la comprobación de la naturaleza pública o privada de los beneficiarios del proyecto o acción, los solicitantes cumplimentarán en el cuestionario de solicitud los datos de composición porcentual del capital social o del patrimonio fundacional y los de nombre o razón social y naturaleza de los socios o patronos de la entidad.

¿Se pueden presentar proyectos de la Empresa Común ARTEMIS y de la Iniciativa AAL (Ambient Assisted Living) a la Convocatoria 2011 como proyectos tipo e.3), es decir, de cooperación internacional?
No. Las entidades interesadas en estos programas deberán presentar sus propuestas a las convocatorias de ámbito europeo. Posteriormente los beneficiarios recibirán una comunicación individualizada del órgano instructor de dichas convocatorias para que aporten datos en la fase nacional.
¿Qué porcentaje máximo de ayuda en forma de subvención le corresponde a una microempresa?
El porcentaje máximo de ayuda en forma de subvención de una microempresa será el correspondiente a una pequeña empresa y dependerá del tipo de proyecto, de acuerdo con lo establecido en el apartado 6.2 del Anexo V de la Orden de Bases.
Una única entidad española dentro de un proyecto de cooperación internacional, ¿puede presentarse a la tipología de proyectos en e.3?
Aunque dicha entidad pertenezca a un consorcio con participantes extranjeros, se podrá presentar a los proyectos e.3 de la presente Resolución de Convocatoria en la modalidad individual.
¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes esta recogido en el epígrafe noveno de la resolución de convocatoria.
¿Se puede presentar un mismo proyecto o acción a varios subprogramas?
No, la solicitud de ayuda para cada proyecto o acción, deberá presentarse a un único Subprograma de la presente convocatoria de ayudas.
¿Existe alguna limitación en el tamaño de la memoria?

Sí, la memoria del proyecto presentada en la solicitud, no podrá tener un tamaño superior a 40 páginas, salvo en el caso de los proyectos tractores en los que el límite será de 50 páginas. Con el fin de facilitar al solicitante la presentación, en el apartado decimotercero del anexo V de la Orden de Bases se presenta un índice orientativo sobre el contenido de la Memoria del proyecto o acción.

Las páginas de la memoria, numeradas, se configurarán en formato A4 (210 mm x 297 mm), con interlineado sencillo y la letra deberá tener un tamaño mínimo de 11 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten legibles.

En caso de presentar memorias de un tamaño superior, sólo se tendrán en cuenta para la evaluación las páginas comprendidas dentro de los límites anteriores.