Solicitudes: Subsanación

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Fondo Europeo de desarrollo Regional

Si al revisar la documentación aportada con una solicitud se comprueba que no cumple con los requisitos del apartado decimocuarto de la Orden IET/1359/2014, de 23 de julio, se requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del requerimiento, presente en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo los documentos que deberían haberse aportado en la solicitud y que se relacionarán en el requerimiento de subsanación.

Si el interesado no presenta la documentación requerida en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lectura de los requerimientos de subsanación

Los requerimientos de subsanación serán publicados en el registro electrónico del Ministerio.

En el momento de publicarse el requerimiento se mandará un mensaje de aviso a la dirección de correo electrónico a efectos de notificación que figure en la solicitud, indicando el número de entrada en el registro electrónico de la solicitud que se debe subsanar y el número del expediente creado para dicha solicitud.

Consulta de los requerimientos de subsanación

La consulta de los requerimientos se puede hacer:

  • Con el certificado digital de la persona que actúa como representante de la empresa para ese expediente (persona que presentó la solicitud de ayuda, salvo que haya cambiado el representante posteriormente). En este caso se puede ver el requerimiento de subsanación tanto en el apartado "Salidas" como en apartado "Expedientes".
  • Sin certificado digital, mediante la consulta de expedientes del registro electrónico (no la consulta de Entradas o Salidas). La contraseña del expediente es la que se mostró en pantalla en el momento de presentar la solicitud en el registro electrónico.

Instrucciones para realizar la subsanación de la solicitud

Subsanación del cuestionario

Si se solicita subsanación del cuestionario, deberá utilizar la misma aplicación informática que utilizó para enviar la solicitud.

Una vez modificado el cuestionario de solicitud con esta aplicación, se debe validar con el botón "Validar todo". Si todo es correcto, al igual que para enviar la solicitud inicial, se habilitará el botón "Presentación Telemática" y podrá continuar con el proceso de firma electrónica y envío del cuestionario y de cualquier otro documento que le hayan indicado en el requerimiento de subsanación.

Es importante que no olvide adjuntar tanto el cuestionario modificado como el resto de documentación requerida. Sin embargo, no debe adjuntar documentos que no se hayan pedido desde el Ministerio, ya que no serán tenidos en cuenta en el proceso de evaluación.

No subsanación del cuestionario

Si por el contrario, no se solicita subsanación del cuestionario, puede realizar el envío de documentación accediendo a su expediente en registro electrónico y utilizando el botón "Presentar documentación", que le permitirá acceder al formulario de "Subsanación de la solicitud". Desde ahí podrá aportar la documentación requerida.

Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar Documentación".

No debe adjuntar documentos que no se hayan pedido desde el Ministerio, ya que no serán tenidos en cuenta en el proceso de evaluación.