Una vez presentada la solicitud y finalizado el plazo establecido en la convocatoria, los solicitantes pueden recibir a través del Registro Electrónico, un Requerimiento de Subsanación. Dicho Requerimiento indicará que hay documentos en la solicitud presentada que deben ser subsanados, al no haberse presentado o al ser incorrectos.
El propio Requerimiento de Subsanación indicará cuáles son los documentos que deben subsanarse y cómo, así como el plazo para hacerlo. No obstante, con el fin de reducir las posibilidades de errores en la solicitud, a continuación, se indican cuáles son las causas más habituales de Requerimiento de Subsanación y sus causas, así como lo que debería haberse presentado.
En función de cuál sea el requerimiento situación, deberán presentar una u otra documentación.
Si se trata de una empresa sin cuentas históricas significativas, deberá presentar uno de estos documentos que acredite el nivel de fondos propios a fecha de solicitud:
En el caso de empresas sin cuentas históricas significativas, deberán presentarse las declaraciones trimestrales de IVA correspondientes al ejercicio 2018 o, si se han constituido en 2019, las declaraciones presentadas desde la fecha de constitución hasta la de presentación de la solicitud.
No se ha presentado ninguna declaración trimestral de IVA y la empresa se cataloga como empresa sin cuentas históricas significativas.
Deben presentar las declaraciones trimestrales de IVA.
Para empresas con cuentas históricas significativas y para aquellas sin cuentas históricas significativas constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2019.
Se debe presentar una de las siguientes opciones:
Nota: Es recomendable, una vez firmado el documento en formato. xsig, verificar que el archivo generado se abre correctamente y no se ha renombrado con otra extensión.
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