Preguntas Frecuentes: Concesión

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Preguntas frecuentes de: Concesión

[1] ¿Es compatible el Programa AVANZA PYME con la concesión de otras ayudas?
Las ayudas que se concedan no se acumularán con otras ayudas públicas, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 87 del TCE u otros fondos comunitarios, en relación con los mismos costes subvencionables, si tal acumulación condujera a una intensidad de ayuda superior a la máxima aplicable.
[2] ¿Cuál es la intensidad bruta máxima de la ayuda?
En los proyectos de implantación será el 60% del coste subvencionable del proyecto. En el caso de acciones de difusión y concertación será el 75% del coste subvencionable de la acción. Hasta el 95% del coste subvencionable de la acción si la Comisión de Evaluación la califica de interés general en el caso de entidades sin fines de lucro.
[3] ¿Cuándo se celebrarán los Comités de Evaluación?
Se prevé que el Comité de Evaluación se realice durante el mes de junio del 2007.
[4] ¿Qué significado tiene "concurrencia competitiva”?
El régimen de concesión de las ayudas para las solicitudes será el de concurrencia competitiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esto conlleva que el proceso de selección de entidades colaboradoras presentados en la convocatoria de ayudas, serán evaluados al mismo tiempo y bajo los mismos criterios teniendo todos los proyectos presentados las mismas oportunidades.