Preguntas frecuentes

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¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas?
Podrán ser beneficiarios los operadores privados habilitados para la prestación de los servicios de acceso a la red, telefonía y acceso a Internet.
¿Qué tecnologías pueden utilizarse?
Las ayudas no están condicionadas al despliegue de una tecnología concreta, siendo los solicitantes de las ayudas los que deben expresar y motivar en los proyectos la tecnología elegida.
¿Cuáles son las zonas de actuación para los proyectos encuadrados en la línea A: universalización de la banda ancha de velocidad básica?

Las zonas de actuación de cada proyecto se corresponderán con una o varias entidades de población, pertenecientes a una misma Comunidad o Ciudad Autónoma, en donde actualmente no existan infraestructuras para proporcionar el servicio con los precios y prestaciones indicadas anteriormente, ni planes para su despliegue en los próximos tres años por parte de ningún operador, ni tengan una población censada superior a los 20.000 habitantes.

En el menú de descripción general de la ayudas, se encuentra el apartado zonas de actuación, donde se facilita una relación de las entidades de población, núcleos y diseminados, que cumplen, total o parcialmente, dichos requisitos, con indicación del porcentaje de población cubierta. Las actuaciones objeto de ayuda se corresponderán con las dirigidas a la población sin cobertura.

Además de estas zonas, los solicitantes de ayudas podrán proponer otras zonas geográficas en las cuales puedan acreditar el cumplimiento de los requisitos anteriores.

¿Qué gastos se consideran financiables?

Las ayudas se destinarán a cubrir inversiones y gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto para el que se hayan concedido y que se materialicen en el período de realización del proyecto, desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del mismo. En ningún caso serán elegibles las inversiones y gastos que se hubieran comprometido o realizado con anterioridad a la presentación de la solicitud.

Se consideran subvencionables los siguientes conceptos asociados al proyecto:

  1. Gastos de personal.
  2. Aparatos y equipos, así como su instalación.
  3. Subcontrataciones.
  4. Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto.
  5. Gastos de promoción y difusión del proyecto.
  6. Otros gastos generales directamente derivados del proyecto y debidamente justificados.
  7. Infraestructuras y obra civil.

Para los proyectos realizados en las comunidades autónomas de Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y Murcia, que reciban financiación del FEDER hay que tener en cuenta las condiciones de subvencionabilidad de los gastos establecidos en la Orden  del Ministerio de Economía y Hacienda  EHA/524/2008 de 26 de febrero, donde se establecen las normas sobre gastos subvencionables del FEDER.

¿Es posible subcontratar parte de la realización del proyecto?

Cuando en la realización de un proyecto se subcontrate parte de su ejecución, el coste de la subcontratación no podrá superar el 50 por ciento del coste total del proyecto.

Se entiende que un beneficiario subcontrata cuando concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la ayuda. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad financiada.

Cuando la subcontratación exceda del 20 por ciento del importe de la ayuda y dicho importe sea superior a 60.000 euros, deberá celebrarse un contrato por escrito entre las partes y su celebración deberá ser autorizada previamente por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones. En ausencia de autorización expresa, se entenderá autorizada la celebración del contrato cuando se publique la resolución de la concesión.

¿Las ayudas concedidas en este subprograma son compatibles con otros tipos de ayudas?
Las ayudas que se concedan no son compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
¿Qué modalidad de financiación existe en esta Convocatoria?

Las ayudas se otorgarán en la modalidad de préstamos reembolsables con bonificación de intereses.

Las características de los préstamos son las siguientes:

  1. Importe máximo del préstamo: hasta el 100 por ciento del coste financiable de los proyectos.
  2. Plazo máximo de amortización de siete años incluyendo un período de carencia máximo de dos años.
  3. Tipo de interés de aplicación será:
    • El 4,29% para los proyectos realizados en las comunidades y ciudades autónomas de Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Ceuta, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid, Melilla, Navarra y País Vasco.
    • El 1,29% para los proyectos realizados en las comunidades autónomas de Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y Murcia.

Las ayudas podrán solicitarse para proyectos con ejecución plurianual, siempre que parte del proyecto se realice en el año 2011, se solicite ayuda para dicho ejercicio y cuyo plazo de ejecución no supere el año 2013.

¿Cuales son los presupuestos mínimos y máximos para los proyectos a presentar?
  • Para la línea A no se fijan presupuestos mínimos ni máximos.
  • Para la línea B se fija un presupuesto máximo financiable de cuatro millones de euros por proyecto.
¿Cómo se debe formalizar una solicitud de ayuda?

La solicitud debe ser enviada electrónicamente y firmada utilizando alguno de estos medios electrónicos: DNI electrónico o certificado electrónico.

En la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, están disponibles los formularios y documentos electrónicos para poder cumplimentar y presentar las solicitudes.

La solicitud consta de tres elementos:

  • La instancia de solicitud de ayuda
  • El cuestionario
  • Memoria del proyecto

Acompañando a estos tres elementos se deberá presentar:

  • Documentos acreditativos de la solvencia técnica y económica.
  • Poderes del representante legal que firma la solicitud.
  • Acreditación como operador habilitado de telecomunicaciones
¿Cuáles son los criterios utilizados en la valoración de las solicitudes?

Sólo se puntuarán los proyectos que cumplan con los criterios de elegibilidad siguientes:

El solicitante acredita reunir la condición de operador y la solvencia técnica y económica necesaria para el desarrollo del proyecto.

El proyecto se adecua a los objetivos de la convocatoria.

La valoración técnico-económica de las ofertas que superen los criterios de elegibilidad anteriores, se realizará en base a los siguientes criterios (valoración máxima 100 puntos):

Valoración técnico-económica de las ofertas.
Criterios Puntos
Ayuda por usuario beneficiado 20
Calidad en la definición del proyecto y adecuación del mismo 15
Características del servicio a los usuarios finales 15
Viabilidad económico-financiera 10
Plan de implantación y explotación 10
Plan de comunicación y estímulo de la demanda 10
Características del acceso mayorista ofertado 10
Impacto económico y social 10

No se podrán realizar propuestas de concesión de ayudas a los proyectos que no superen globalmente los 50 puntos o el 25% de la máxima puntuación asociada a cada criterio.

¿Cúal es el procedimiento a seguir una vez se ha presentado la solicitud?
Una vez evaluados los proyectos se formulará la propuesta de resolución provisional que será publicada en el Portal Ayudatec de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo desde este portal, los interesados tras identificarse electrónicamente de forma segura, podrán consultar las propuestas de resolución provisional y definitiva, así como las propias resoluciones de concesión de los proyectos.
[1] ¿Cuándo debe presentarse la documentación justificativa del proyecto?
Los informes de justificación se presentarán antes de 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización del proyecto y se entregarán al órgano encargado del seguimiento de las ayudas, a excepción de aquellos proyectos que reciban financiación del FEDER , en cuyo caso la justificación será anual para poder dar cumplimiento a las requisiciones de información contempladas en la normativa europea.
¿Se deben constituir garantías para recibir las ayudas?

Si, para la convocatoria del año 2011, el solicitante deberá aportar el reguardo de constitución de garantía, o en su defecto se presentará un certificado en el que una entidad de crédito asuma el reembolso de la totalidad del préstamo.

El modelo de certificado se facilita en el anexo IV de la Orden de bases del programa.

¿Que se entiende por operador habilitado?

Las personas físicas o jurídicas que encuentran inscritos en el registro de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Dicho registro tiene carácter público y contiene los datos de las personas físicas o jurídicas que hayan notificado  su intención de explotar redes o prestar servicios de comunicaciones electrónicas, así como las condiciones para desarrollar la actividad y sus modificaciones.

Icono de archivo Consulta del Registro

¿Cuáles son las condiciones del servicio al usuario final?

Para la línea A, Universalización de la banda ancha de velocidad básica, con una velocidad de bajada de al menos 1 Mbps, las condiciones son:

Prestaciones del servicio al usuario final:

  • Mínima velocidad nominal red-usuario: 1 Mbps (preferiblemente 2 Mbps)
  • Mínima velocidad nominal usuario-red: 256 Kbps
  • Máximo factor de agregación: 1:20

Precios al usuario final:

Sobre las infraestructuras desplegadas se deberá ofrecer a los usuarios finales al menos una oferta o modalidad de servicio de banda ancha que no suponga para el usuario un coste superior a 39 euros por el alta del servicio, ni superior a 25 euros al mes con un volumen de descargas de al menos 2 Gbytes , sin incluir impuestos. En caso de comercializar el servicio de banda ancha empaquetado con otros servicios, dichos límites se entenderán como el incremento máximo respecto a la oferta equivalente de los demás servicios que tenga vigente el operador. Los precios anteriores deberán mantenerse por un período no inferior a los 18 meses.

En el caso de ofertas de servicio sobre tecnologías radioeléctricas no se excluirán aquellas en las que se repercutan los costes de instalación al cliente final, si bien se valorará positivamente la oferta más ventajosa.

Para la línea B, Impulso al desarrollo de la banda ancha de muy alta velocidad, la condición básica es que las actuaciones que se realicen para el despliegue o adecuación de las infraestructuras de red sean capaces de proporcionar un servicio de banda ancha con velocidad de bajada superior a 50 Mbps.

Para ambas líneas, se entenderá que un operador ofrece cobertura en una ubicación cuando exista el compromiso de facilitar la conexión inicial en un plazo máximo de 60 días y una indemnización razonable al usuario en caso de incumplimiento.

¿Cuáles son las zonas de actuación para los proyectos encuadrados en la línea B: Impulso al desarrollo de la banda ancha de muy alta velocidad?

Las zonas elegibles para el desarrollo de estos proyectos se corresponderán con aquellas en las que no existan dichas infraestructuras, ni planes para su despliegue por parte de ningún operador en los próximos tres años, denominadas zonas blancas NGA en las directrices comunitarias para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha (2009/C 235/04), ni competencia en infraestructuras (existencia de redes xDSL y redes de cable) y en las que se constate, además, la insuficiencia de los servicios existentes para satisfacer las necesidades de los usuarios privados o empresariales. Dicha acreditación se realizará en base a la existencia de una brecha digital en dichas zonas caracterizada por la existencia de una oferta y una penetración de los servicios de banda ancha significativamente inferiores al del resto de zonas de similares características.

En el menú de descripción general de la ayudas, se encuentra el apartado zonas de actuación donde  la relación de municipios en los que ya existen infraestructuras de redes de nueva generación o planes para su despliegue en los próximos tres años o competencia en infraestructuras (existencia de redes xDSL y redes de cable), las cuales tienen en principio la consideración de zonas de actuación excluidas, salvo que el solicitante pueda acreditar lo contrario ya sea en relación con todo el municipio o con una parte diferenciada del mismo. El resto de zonas geográficas serán elegibles en la medida que se acredite la insuficiencia de los servicios existentes para satisfacer las necesidades de los usuarios.

¿Que documentos se deberán adjuntar con la solicitud que permitan acreditar la solvencia técnica y económica del solicitante?
  1. La declaración del importe de las inversiones realizadas en los últimos tres ejercicios y la parte de ellas que se pueda considerar asociada al despliegue de infraestructuras de banda ancha.
  2. La calificación financiera de la empresa (rating) otorgada por alguna agencia de calificación, o en su defecto, un informe de una entidad bancaria sobre su riesgo de crédito, atribuyendo una valoración equivalente a la comúnmente utilizadas por la agencias.
  3. Relación de proyectos de similares características realizados en los últimos tres años o, en su defecto, las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del proyecto.
¿Cuál es el procedimiento a seguir una vez se ha recibido la resolución provisional?

Los solicitantes que hayan sido propuestos como beneficiarios deberán ejercer el derecho de audiencia y si procede, en el plazo de 10 días, realizar cuantas alegaciones consideren pertinentes o comunicar la aceptación de la ayuda propuesta, utilizando para ello el formulario existente en el portal Ayudatec.

El documento de aceptación y de declaración responsable, deberá estar firmado electrónicamente por el solicitante o persona física que ostente representación bastante en el seno de la entidad a la que representa.

En el caso de que la citada documentación sea firmada por una persona física distinta a la que solicitó la ayuda, se deberán aportar los poderes con los que actúa el nuevo representante para acreditar que la representación con la que actúa es suficiente.

¿Dentro de qué plazos pueden realizarse los gastos e inversiones financiables del proyecto o acción?

Las inversiones y gastos o compromisos de gasto previstos deberán realizarse siempre dentro del período especificado de realización del proyecto más, en su caso, la ampliación concedida.

No serán financiables en ningún caso las inversiones o gastos, realizados o comprometidos con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud del proyecto.

Sin embargo, los documentos de pago emitidos por el beneficiario pueden tener fecha de vencimiento posterior, siempre que dicha fecha sea anterior al 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización del proyecto.

¿Cuándo se procede al pago de la ayuda concedida?
La totalidad de la ayuda se efectuará en un único pago tras dictarse la resolución de concesión.
¿Dentro de qué plazos pueden realizarse los gastos e inversiones financiables del proyecto o acción?

Las inversiones y gastos o compromisos de gasto previstos deberán realizarse siempre dentro del período especificado de realización del proyecto más, en su caso, la ampliación concedida.

No serán financiables en ningún caso las inversiones o gastos, realizados o comprometidos con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud del proyecto.

Sin embargo, los documentos de pago emitidos por el beneficiario pueden tener fecha de vencimiento posterior, siempre que dicha fecha sea anterior al 31 de marzo del año inmediato posterior al de la realización del proyecto.

¿Pueden existir distintos operadores beneficiarios del Programa?
Puede haber varios operadores beneficiarios ya que las ayudas han sido convocadas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, lo que implica que cualquier operador podrá presentar uno o varios proyectos a los que se le podrán otorgar ayudas.
¿Ha de existir acceso abierto a las infraestructuras subvencionadas?
Los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a ofrecer a los demás operadores un acceso mayorista efectivo a las infraestructuras subvencionadas por un periodo mínimo de 7 años. Los precios de dicho acceso deberán tener como referencia los precios mayoristas fijados por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones al operador con peso significativo de mercado, para servicios similares.
¿Cuándo se considera acreditada la solvencia económica y técnica del solicitante?

Se considerará acreditada la solvencia económica cuando la calificación financiera sea Satisfactoria (BB) o superior, según la Comunicación de la Comisión Europea 2008/C 14/02, siempre que el coste total de los proyectos presentados, para los que se solicita la ayuda, sea menor que la mitad del volumen medio anual de las inversiones de los últimos tres años.

Además deberá acreditarse la solvencia técnica mediante la justificación de la realización previa de proyectos similares en los últimos tres años, o la disposición de personal suficiente, en capacitación y número, para la correcta ejecución del proyecto.

Una vez publicada la Resolución Provisional de concesión de ayudas y formuladas las alegaciones oportunas ¿Cómo saber si éstas han sido o no aceptadas?
Examinadas las alegaciones, se formulará la propuesta de resolución definitiva en la que se incluirán las alegaciones que hayan sido aceptadas. Éstas serán publicadas en  el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria Energía y Turismo y notificada a los solicitantes que hayan presentado alegaciones a la propuesta de resolución provisional para que se proceda a su aceptación.
¿La ayuda concedida puede ser ejecutada parcialmente durante el año siguiente?
En el caso de proyectos con ejecución plurianual, la distribución anual de las inversiones y gastos aprobados en la resolución de concesión, tendrá carácter estimativo salvo que en la propia resolución de concesión se establezcan otras condiciones.
¿Qué obligaciones se adquieren como beneficiario de las ayudas
  • Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
  • Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados.

Es importante tener en cuenta que para los proyectos realizados en las comunidades autónomas de Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y Murcia, que reciban financiación del FEDER :

  • Se ha de mantener un sistema de contabilidad separada para todas las transacciones relacionadas con el proyecto o, al menos, contar con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones.
  • Se deberá conservar toda la documentación, incluidos los documentos electrónicos, al menos hasta tres años después del cierre del Programa Operativo, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Se deberán adoptar las medidas de información y publicidad destinadas al público.
¿Cuál es la unidad mínima a cubrir?

Para la línea A se ha optado por la utilización del denominado núcleo de población y/o diseminado, conocido y extendido dada la tradición de su empleo con fines estadísticos por el Instituto Nacional de Estadística.

Se considera Núcleo de población a un conjunto de al menos diez edificaciones, que están formando calles, plazas y otras vías urbanas. Por excepción, el número de edificaciones podrá ser inferior a 10, siempre que la población que habita las mismas supere los 50 habitantes. Se incluyen en el núcleo aquellas edificaciones que, estando aisladas, distan menos de 200 metros de los límites exteriores del mencionado conjunto, si bien en la determinación de dicha distancia han de excluirse los terrenos ocupados por instalaciones industriales o comerciales, parques, jardines, zonas deportivas, cementerios, aparcamientos y otros, así como los canales o ríos que puedan ser cruzados por puentes.

Las edificaciones o viviendas de una entidad singular de población que no pueden ser incluidas en el concepto de núcleo se consideran en diseminado.

Se valorará el porcentaje de cobertura a obtener por núcleo poblacional y/o diseminado (unidad mínima). Los núcleos de población vienen identificados con su correspondiente código INE de 11 dígitos. Para la línea A, en zonas de actuación se facilita una relación de las entidades de población, núcleos y diseminados, que cumplen, total o parcialmente, dichos requisitos, con indicación del porcentaje de población cubierta.

Para la línea B la unidad minima será el municipio, identificado con su correspondiente código INE de 5 digitos, y se tendrá en cuenta el alcance de la red a desplegar dentro del mismo.

¿Dónde se puede obtener un certificado electrónico?
En la siguiente dirección se indican los pasos para la obtención de un certificado electrónico.
Una vez aprobado el proyecto, ¿se pueden realizar modificaciones del mismo?

Sí, siempre y cuando tales modificaciones debidamente justificadas sean solicitadas a través del registro electrónico, antes de la finalización del plazo de ejecución del proyecto y sean aprobadas expresamente por el órgano instructor.

No obstante, en casos debidamente justificados se podrán realizar sin necesidad de autorización previa incrementos de hasta un 20 por ciento en los conceptos susceptibles de ayuda y que figuren en la resolución de concesión, compensables con disminuciones de otros, siempre que no se altere el importe total de la subvención y se compruebe que permiten la consecución o mejora de los objetivos previstos en el proyecto, sin necesidad de modificar la resolución de concesión.

¿Cómo se pueden asociar documentos a costes cuando ya se ha realizado el envío?
En el listado de Enviados, debe elegir el coste al cual se desea asociar el documento y pulsar el botón Anular y Duplicar. A continuación, dentro del detalle de ese coste, le aparecerá un listado con todos los documentos que puede asociar. Después deberá realizar el envío.
¿Qué es un subproyecto?
Para la línea A, un proyecto puede incluir uno o varios subproyectos. Un subproyecto es una actuación que incluye todos los elementos de red necesarios para proporcionar cobertura a las zonas de actuación a las que se dirige, dentro del ámbito de una Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía.
¿Cómo se utiliza la aplicación eCoFirma en el procedimiento electrónico?

Para realizar la firma electrónica de declaraciones responsables y otros documentos que deban adjuntarse a los formularios previstos para las distintas fases del procedimiento, posteriores a la presentación de la solicitud, se deberá utilizar la aplicación eCoFirma que se puede descargar en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el apartado de utilidades.

El documento a aportar será el generado con extensión “. xsig ”. El firmante del mismo deberá ser el solicitante de la ayuda (en el caso de proyectos individuales) o los representantes de cada uno de los participantes (en caso de proyecto en cooperación). En este último caso, el coordinador  deberá remitir por vía electrónica los documentos con extensión “.xsig” generados por cada uno de los participantes.

La aplicación eCoFirma también podrá ser utilizada por terceros para la firma electrónica de los documentos que emitan a los beneficiarios y que vayan a formar parte del expediente, tales como informes de auditoría, ofertas de bienes y servicios, contratos y demás documentos que deban ser firmados por su emisor. El emisor del documento firmado hará llegar al beneficiario el documento generado con extensión .xsig.

Como se realizan los trámites posteriores a la concesión de la ayuda?
Cualquier trámite posterior a la concesión ha de realizarse a través del Registro Electrónico, localizando su expediente y utilizando el botón "Presentar Documentación". Con esto accederá a una página en la que aparecerán todos los trámites posibles para el estado actual de su expediente.
¿Qué relación existe entre la Tasa Interna de Retorno (TIR) y el coste del capital medio ponderado (WACC)?
Si un proyecto da lugar a una TIR superior al coste de capital medio ponderado (WACC) del beneficiario, se entenderá que la concesión de ayudas a ese proyecto podría dar lugar a una posible retribución no esperada del capital, ya que el coste de la financiación del esfuerzo inversor de operador estaría cubierto.
¿Es necesario utilizar la aplicación eCoFirma para en el momento de presentar la solicitud?
Para realizar la firma electrónica de las solicitudes, declaraciones responsables y otros documentos que deban adjuntarse a los formularios previstos para las distintas fases del procedimiento se deberá utilizar la aplicación eCoFirma que se puede descargar en la dirección sede.minetur.gob.es en el apartado de utilidades.
¿Para que tipo de documentos se puede utilizar?

La aplicación eCoFirma se utilizará necesariamente cuando el solicitante tenga que presentar documentos anexos a la solicitud o en cualquier fase del procedimiento, que deban ir firmados por él mismo o por los representantes de las entidades participantes en el proyecto.

También podrá ser utilizada voluntariamente la aplicación eCoFirma por terceros que envíen documentos firmados al solicitante para que éste los incluya como anexos en cualquier fase del procedimiento. Por ejemplo Informes de auditoria de proyecto.

¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes?
Las solicitudes de ayudas acogidas a la presente convocatoria, deberán ser presentadas desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado hasta las 24 horas del día 7 de septiembre de 2011.
¿Existe alguna limitación en el tamaño de la memoria?
La memoria técnica y económica asociada a cada proyecto tendrá el contenido mínimo que se recoge en el anexo III de la Orden reguladora de las ayudas. Los solicitantes podrán ampliar los puntos que allí se recogen  con toda aquella información que consideren de interés o anexando documentos independientes, debidamente referenciados, con el límite de 5MB por cada fichero que se envíe.
¿Se debe solicitar copia de la solicitud de ayuda presentada?
No es necesario. El registro telemático del Minetur emite un justificante de que la solicitud ha tenido entrada en el Registro, con un número de referencia. Debe guardarse ese justificante.