Solicitudes: Subsanación

Subsanación

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la legislación aplicable.

Plazo de subsanación Convocatoria 2023 en el marco del Plan de Recuperación

Plazo de presentación de las subsanaciones: desde el 16 al 29 de junio de 2023, ambos incluidos.

Instrucciones para realizar la subsanación de la solicitud

Para realizar el envío de la documentación requerida deberá acceder a su expediente en el registro eléctronico del Ministerio. Desde su expediente, utilizando el botón "Presentar documentación", accederá al formulario de "Subsanación de la solicitud" que le permitirá aportar dicha documentación

Si el acceso al registro electrónico lo realiza con certificado digital, tiene que acceder a su expediente a través de la pestaña Expedientes y pulsar en el icono de la lupa que aparece a la derecha del nombre del expediente. Una vez que haya accedido al detalle de su expediente verá el botón "Presentar documentación".